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CONVOCATORIA NACIONAL DEL FONDO EMPRENDER NO. 112 ECONOMÍA CAMPESINA
Financiar la creación de unidades productivas de campesinas y campesinos, y el fortalecimiento de organizaciones campesinas que cumplan con las condiciones establecidas en la reglamentación del Fondo
CONVOCATORIA NACIONAL DEL FONDO EMPRENDER NO. 112 ECONOMÍA CAMPESINA
Nombre de la convocatoria: CONVOCATORIA NACIONAL DEL FONDO EMPRENDER NO. 112 ECONOMÍA CAMPESINA
 
Entidad: Fondo Emprender – SENA

Objeto: Financiar la creación de unidades productivas de campesinas y campesinos, y el fortalecimiento de organizaciones campesinas que cumplan con las condiciones establecidas en la reglamentación del Fondo Emprender.
 
Población objeto de la convocatoria: La población objetivo de esta convocatoria son las campesinas y los campesinos, ubicados en el campo colombiano, quienes se podrán postular de manera individual o de manera asociada, tanto para la Línea especial Crear, como para la Línea especial de Fortalecimiento, y que cumplan con las condiciones establecidas en la normatividad del Fondo Emprender y en los presentes términos referencia.
 
Presupuesto de la convocatoria y recursos a asignar por iniciativa

Esta convocatoria cuenta con un presupuesto asignado de CUARENTA Y CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($45.000.000.000), cuya entrega y giro se darán bajo los mecanismos que disponga el Fondo Emprender del SENA
 
Topes y montos para asignar por proyecto y/o iniciativa
 
1.    Línea especial de financiación ESPECIAL CREAR PARA CAMPESINAS Y CAMPESINOS
 
·         Para las unidades productivas que se presenten de manera individual: Si el proyecto genera mínimo un (1) empleo (autoempleo), los recursos para asignar serán hasta 39 SMLV, es decir hasta CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($50.700.000,00).
·         Para los grupos asociativos: Si el grupo asociativo genera dos (2) o más empleos, (incluye el autoempleo), los recursos a asignar serán de hasta 120 SMLV, es decir hasta CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($156.000.000,00).
 
2.    Línea especial de financiación FORTALECIMIENTO “DE GRUPOS ASOCIATIVOS CONFORMADOS POR CAMPESINAS y CAMPESINOS
 
·         Si el grupo asociativo genera y/o retiene un (1) empleo (autoempleo), los recursos a asignar serán de entre 5 SMLV y 39 SMLV es decir entre SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS M/CTE ($6.500.000.000) y CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($50.700.000)
·         Si el grupo asociativo genera y/o retiene mínimo dos (2) empleos (incluye el autoempleo), los recursos a asignar oscilarán entre 39,1 SMLV y 120 SMLV, es decir, entre CINCUENTA MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL PESOS M/CTE ($50.830.000) y CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE ($156.000.000,00)
 
 
Sectores económicos de la convocatoria
 
Las unidades productivas para financiarse provendrán de los siguientes sectores:
1.    Agropecuario.
2.    Agroindustria.
3.    Turismo.
4.    Artesanías.
5.    Medio ambiente.
6.    Servicios de comercialización de productos y servicios de los sectores previamente mencionados.
 
Nota 1. En el proceso de acreditación de condiciones, se validará que, la actividad esté relacionada con el código CIUU seleccionado y además que la misma tenga relación directa con la tierra y la naturaleza.
 
Líneas especiales para la financiación de la presente convocatoria
Para esta convocatoria se dispondrán de dos líneas de financiación para los beneficiarios:
 
1.    Línea especial de financiación ESPECIAL CREAR PARA CAMPESINAS Y CAMPESINOS
 
·         Podrán postularse las Campesinas y los Campesinos de manera individual o de manera asociativa y que tengan unidades productivas que no estén registrados bajo ninguna forma empresarial y que requieran CREAR su proyecto individual o asociativo.
 
Características de los postulantes individuales y de los grupos asociados:
 
·         Deben participar de la Ruta Emprendedora
·         Con los recursos de la Línea Crear del Fondo Emprender, los beneficiarios no podrán fortalecer financieramente a personas jurídicamente ya constituidas.
·         El grupo asociativo para crearse debe estar conformado por mínimo 3 asociados/socios
·         Pueden aplicar a esta línea las formas empresariales registradas como personas naturales y personas naturales con establecimiento de comercio, pero como parte del proceso de formalización empresarial deberán de legalizarse como una figura jurídica
·         Las unidades productivas, proyectos, deberán estar ubicados en zona rural.
 
2.    Línea especial de financiación FORTALECIMIENTO “DE GRUPOS ASOCIATIVOS CONFORMADOS POR CAMPESINAS y CAMPESINOS
 
·         Podrán postularse las Campesinas y los Campesinos que necesiten fortalecer sus proyectos y/o grupos asociativos creados bajo cualquier forma asociativa debidamente registrada.
 
Características de los grupos asociativos:
 
·         Deben participar de la Ruta Emprendedora.
·         Las organizaciones deberán demostrar su existencia a través de registro de cámara de comercio o documento equivalente de más de un año de operaciones, debidamente actualizado.
·         Los grupos asociativos que pueden participar en esta convocatoria no podrán contar con más de 3.500 UVT en activos acorde a sus estados financieros con corte de 31 de diciembre del año 2023.
·         Los grupos asociativos deben demostrar ventas anuales de al menos del 10% del total solicitado al Fondo Emprender en el año inmediatamente anterior.
·         Los proyectos de los grupos asociativos, deberán estar ubicados en zona rural.
·         Se debe demostrar la tenencia de permisos y licencias correspondientes al funcionamiento del grupo asociativo.
·         Los grupos asociativos deben estar conformados por mínimo tres (3) socios/asociados
·         Pueden aplicar a esta línea las formas empresariales registradas como personas naturales y personas naturales con establecimiento de comercio, siempre y cuando cuenten con más de un año de su constitución.
 
Cronograma

·         Ruta emprendedora SENA: 02 de agosto de 2024
·         Cierre de la convocatoria: 04 de septiembre de 2024 a las 6:00 p.m.
·         Publicación de los resultados primer informe de acreditaciones condiciones: 16 de septiembre de 2024 a las 6:00 p.m.
·         Observaciones a los resultados del proceso de acreditación de condiciones: 19 de septiembre de 2024 a las 6:00 p.m.
·         Publicación de los resultados del informe final de acreditación de condiciones: 24 de septiembre de 2024 a las 6:00 p.m.
·         Publicación de los proyectos viables y no viables con el concepto: 8 de octubre de 2024 a las 6:00 p.m.
·         Observaciones a los resultados: 11 de octubre de 2024 a las 6:00 p.m.
·         Publicación del informe de evaluación final: 18 de octubre de 2024 a las 6:00 p.m.

Nota: respecto a la fase de la “Ruta Emprendedora”, esta debe completarse por la totalidad de las campesinas y campesinos interesados en postularse; la duración de su participación depende del nivel de desarrollo de la iniciativa, modelos de negocio, plan de negocios y/o proyecto, en todo caso se deberá completar las actividades de la ruta emprendedora. Lo anterior a excepción de las Campesinas y los Campesinos que provengan de la ruta 1 del programa Sena Emprender Rural – SER, ya sea para la línea de financiación CREAR o FORTALECIMIENTO.

Ruta de acompañamiento para la postulación a la convocatoria

·         Ruta Emprendedora: el Fondo Emprender ofrece una Ruta Emprendedora diseñada para orientar a las campesinas y campesinos en la creación o fortalecimiento de sus unidades productivas, iniciativas, modelos de negocio, o proyectos. Este proceso culmina con la formulación de un proyecto o plan de inversión, requisito indispensable para acceder a las convocatorias públicas del Fondo Emprender.
·         Proceso de Inscripción: los interesados deben acceder a la página web www.fondoemprender.com y deben iniciar el proceso mediante el registro único, lo que permitirá ser contactados para iniciar la Ruta Emprendedora.
·         Asesoría y Acompañamiento: adicionalmente, los emprendedores pueden acercarse al Centro de Desarrollo Empresarial más cercano, ubicado en cada Centro de Formación del SENA. En estos centros, encontrarán a los orientadores y profesionales de Emprendimiento, quienes los acompañarán durante todo el proceso de la Ruta Emprendedora. Los servicios del SENA son gratuitos y no requieren de ningún intermediario.
·         Formulación del Proyecto para Línea Crear o Plan de inversión para Línea Fortalecimiento: el SENA dispondrá de la metodología y la herramienta para la formulación del proyecto o plan de inversión. Es imprescindible incluir los impactos positivos en las dimensiones social, ambiental y financiera, asegurando que cumplan con las características requeridas para los negocios apoyados por el Fondo Emprender.

Rubros financiables de las dos líneas de financiación
 
·         El pago de salarios u honorarios.
·         Los insumos para el ciclo productivo (materia prima y bienes en proceso) que contribuyan de manera directa o que forman parte del proceso de producción.
·         La adquisición de maquinaria, equipos y software.
·         Los costos que se generen por permisos, licencias y registros, requeridos por la ley para el normal funcionamiento del proyecto.
·         La adquisición o arriendo de bienes muebles y vehículos automotores relacionados e indispensables para el desarrollo del objeto del plan de negocio, cuyos montos no podrán superar el 15 % del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender.
·         Las adecuaciones o remodelaciones estructurales y locativas del inmueble donde se desarrollará el plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el veinte por ciento (20%) del valor total de los recursos asignados por el Fondo Emprender.
·         La financiación de las adecuaciones técnicas necesarias para el proceso productivo o montaje industrial, siempre y cuando el monto no supere total de los recursos asignados por el Fondo Emprender. Para estos fines se entiende por adecuación técnica toda obra civil que sea indispensable para el desarrollo de la actividad y ejecución del plan de negocio, rubro que en ningún caso podrá ser utilizado con fines de vivienda del beneficiario.
·         La adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en la normatividad del Fondo, este modelo de negocio genere valor agregado sustentado.
·         El pago de las tasas para el registro de derechos de propiedad intelectual o industrial, siempre que no superen el veinte por ciento (20%) del total de los recursos asignados y cuando estas sean indispensables para la ejecución del plan de negocio.
 
·         Pago de derechos referentes a la propiedad intelectual (marcas y patentes) relacionados con el proyecto o la iniciativa empresarial
·         Expansión mediante el modelo de franquicias, de acuerdo con los lineamientos que para el efecto emita el SENA, siempre y cuando, además de los criterios señalados en la
 
Rubros NO financiables para las dos líneas de financiación
 
·         Compra de bienes inmuebles.
·         Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
·         Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el desarrollo del plan de negocio.
·         Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).
·         Adquisición de vehículos que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.
·         Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.
·         Recuperaciones de capital
·         Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios exceptuando los derechos asociados a franquicias, cuando sea esta parte de la naturaleza del plan de negocio.
·         Pago de regalías, impuestos causados, aportes para fiscales.
·         Formación académica.
·         Pagodederechosoinscripcionesparaparticipareneventoscomercialesnacionalesointernacionales.
·         Gastos de viaje y desplazamiento.
·         Pago de inscripción y registro empresarial.
 
Requisitos para los postulantes de las dos líneas de financiación:
 
·         Autorreconocimiento como Campesino y/o Campesina
·         Ser mayor de 18 años
·         Certificado de Formación
·         Declaración juramentada
·         Autorización consulta centrales de información
·         Certificado Antecedente s disciplinarios
·         Certificado de Antecedente s Fiscales
·         Certificado antecedente judiciales
·         Certificado Medidas correctivas
·         Certificado Connacional (si aplica)
·         Certificado de Discapacidad (si aplica)
·         Certificado de Discapacidad (si aplica)
·         Certificado Población Vulnerable (si aplica)
·         Realizar su registro en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos- REDAM
 
 
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