Solo las personas jurídicas deben cumplir con el requisito de inscribir ante la Cámara de Comercio los siguientes libros:
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El libro de registro de socios, accionistas o asociados
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El libro de actas de asamblea de accionistas o asociados y junta de socios
Requisitos para solicitar el registro de libros
Presentar el formato de solicitud de libros diligenciado y firmado por el representante legal y/o revisor fiscal inscrito de la entidad que contenga lo siguiente:
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Fecha de solicitud
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Nombre completo de la entidad a quien pertenezcan los libros.
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Nombre o destinación de los libros que solicita inscribir.
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Cantidad de hojas útiles de cada libro y en que numeración comienza y en cual numeración termina. Ejemplo: 10 hojas, desde la hoja 11 a la hoja 20.
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Código de cada libro, si es de hojas continuas
Si desea descargar el formato de solicitud de libros, haga clic aquí.
Requisitos de los libros
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Se registran libros únicamente en blanco.
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Cada libro debe presentarse: debidamente rotulado, con el nombre de la entidad a que pertenecen y su destinación. (Ej. libro de actas), cada libro debe llevar una numeración sucesiva y continua.
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Si los libros son de hojas continuas removibles o de tarjetas, debe crearse un código para cada libro.
Requisitos para registrar nuevos libros
Cuando se ha terminado un libro y se va a registrar uno nuevo, debe cumplirse con uno de estos requisitos:
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Traer copia de la última hoja utilizada del libro anterior.
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Presentar certificación del revisor fiscal o del contador público que certifique sobre la terminación del libro.
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En caso de perdida presentar copia del denuncio.