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Inscripción de libros de comercio

Inscripción de libros de comercio

Los empresarios inscritos en las Cámaras de Comercio tienen la obligatoriedad de inscribir los libros de comercio para materializar la legalidad del ejercicio comercial.
Solo las personas jurídicas deben cumplir con el requisito de inscribir ante la Cámara de Comercio los siguientes libros: 
 
  • El libro de registro de socios, accionistas o asociados
  • El libro de actas de asamblea de accionistas o asociados y junta de socios

Requisitos para solicitar el registro de libros

Presentar el formato de solicitud de libros diligenciado y firmado por el representante legal y/o revisor fiscal inscrito de la entidad que contenga lo siguiente:
 

  • Fecha de solicitud
  • Nombre completo de la entidad a quien pertenezcan los libros.
  • Nombre o destinación de los libros que solicita inscribir.
  • Cantidad de hojas útiles de cada libro y en que numeración comienza y en cual numeración termina. Ejemplo: 10 hojas, desde la hoja 11 a la hoja 20.
  • Código de cada libro, si es de hojas continuas

Si desea descargar el formato de solicitud de libros, haga clic aquí.

Requisitos de los libros
 

  • Se registran libros únicamente en blanco.
  • Cada libro debe presentarse: debidamente rotulado, con el nombre de la entidad a que pertenecen y su destinación. (Ej. libro de actas), cada libro debe llevar una numeración sucesiva y continua.
  • Si los libros son de hojas continuas removibles o de tarjetas, debe crearse un código para cada libro.


Requisitos para registrar nuevos libros

Cuando se ha terminado un libro y se va a registrar uno nuevo, debe cumplirse con uno de estos requisitos:
 

  • Traer copia de la última hoja utilizada del libro anterior.
  • Presentar certificación del revisor fiscal o del contador público que certifique sobre la terminación del libro.
  • En caso de perdida presentar copia del denuncio.

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