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Revista Impulso Empresarial Edición No. 5, Impulso Empresarial
Enero 17, 2025
Resuelve tus dudas sobre la renovación de la matrícula mercantil
Lina María Rodríguez, Vicepresidenta de Registro y Redes Empresariales de la CCB, responde algunas preguntas frecuentes que se formulan empresarios y comerciantes sobre el tema.
Por qué medios puedo renovar la matrícula mer­cantil?
Los medios por los cuales se puede realizar la renovación del registro mercantil son: canal virtual a través de la página web www.camaradirecta.com / trámites en línea / renovación matrícula ingresando con cédula y clave de servicios virtuales; también, a domicilio con promotores comerciales previo agendamiento de la cita, en oficinas de CCB y en canales aliados como Coopenessa, Banco de Bogotá y Banco Davivienda.

¿Qué documentos debo presentar para la renovación?
Se debe tener a la mano la información financiera con el cierre del año anterior, al año que se va a renovar. Si aún no cuenta con la información, podrá soportarla en el estado de situación finan­ciera preliminar.
Es importante que valide todos los datos de ubicación y del esta­blecimiento de comercio, como dirección, municipio, teléfonos y correos electrónicos, así como los códigos de actividad económi­ca que identifican su actividad comercial (CIIU).

¿Cómo puedo modificar la información registrada?
Al momento del diligenciamiento del formulario de renovación podrá editar los datos actualmente registrados, de acuerdo con las modificaciones que se requieran realizar durante el proceso de renovación. Si después de efectuada la renovación se requiere hacer algún cambio, este generará un cobro aparte de la renova­ción, conforme a las tarifas definidas para la vigencia.

¿Cuál es el plazo para renovar la matrícula mercantil?
La matrícula mercantil de los comerciantes y sus establecimientos de comercio debe ser renovada anualmente dentro de los tres primeros meses del año (enero a marzo), sin importar cuál fue la fecha de matrícula inicial ni la fecha del último año renovado.

¿Qué pasa si no hice la renovación en el período establecido?
La no renovación de la matrícula mercantil o la renovación extemporánea podría acarrear las siguientes consecuencias:
- En los certificados que la Cámara de Comercio expida se hará constancias sobre el incumplimiento frente a la no renovación del registro, hasta tanto se efectúe.
- La suspensión temporal o definitiva de la actividad comercial por parte de la Policía Nacional (Ley 1801 de 2016).
- Sanciones o multas por parte de la Superintendencia de Socie­dades hasta por 17 salarios mínimos mensuales legales vigentes (Art. 30 Ley 1727 de 2014).
- Los comerciantes que se acogieron a la Ley de Emprendimien­to Juvenil (Ley 1780 de 2016), perderán los beneficios.
- El incumplimiento reiterado de la renovación tendrá las conse­cuencias de la depuración de los registros ordenada por el Art. 31 de la Ley 1727 de 2014.
- Pérdida de beneficios y oportunidades de participación en evento, actividades y programas de la CCB.
- Pérdida de oportunidades financieras al momento de solicitar un préstamo/crédito.
- Visibilización de información desactualizada de su empresa.

¿Cómo se calcula el valor de la renovación?
El Gobierno Nacional, mediante decreto, estableció los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil.
Es importante tener en cuenta que el valor del activo total es la base de la liquidación de la tarifa de la renovación de la matrícula.

¿Cómo funciona la Clave Segura de la Cámara de Comercio de Bucaramanga?
La Clave Segura es un servicio gratuito de la CCB que les permite a los usuarios regis­trales realizar transacciones virtuales a través de la página web institucional, protegiendo su información, agili­zando la respuesta a las solicitudes y trámites.
Para obtenerla debe ingresar al por­tal web https://www.camaradirecta.com/clavesegura/

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