Ayuda Accesibilidad
CCB
Encuentre, las mejores convocatorias
Recuerde que pueda modificar los criterios de búsqueda y reiniciar la búsqueda en cualquier momento
CO-CREA 2024 (PROYECTOS SIN APORTANTE IDENTIFICADO -PAI-).
Convocatoria abierta para proyectos relacionados con las artes, culturas y patrimonio.
CO-CREA 2024 (PROYECTOS SIN APORTANTE IDENTIFICADO -PAI-).
Nombre de la Convocatoria: CO-CREA 2024 (Proyectos sin Aportante Identificado (PAI)).
 
Entidad: La Corporación Colombia Crea Talento - CoCrea
 
Objeto
Seleccionar proyectos relacionados con las artes, culturas y patrimonio, en las modalidades de Proyectos sin Aportante Identificado (PAI), para que sean susceptibles de recibir aportes en dinero por concepto de inversión o donación y cuyos aportantes puedan obtener el incentivo tributario previsto en el artículo 27 de la Ley 2277 de 2022
 
Quienes pueden participar
Podrán postular uno o más proyectos todas las personas naturales y personas jurídicas públicas, privadas 4 o mixtas, consorcios y uniones temporales colombianas o extranjeras, así como todas las personas naturales y jurídicas que hagan parte de la economía popular y comunitaria, que cumplan con los requisitos.
 
Nota: Las personas jurídicas privadas que pueden participar son: Cooperativas, Asociaciones, Fundaciones, Corporaciones, Sociedades, entre otras.
 
Requisitos
a)      Contar con un objeto social de carácter cultural, creativo o social (solo para personas jurídicas privadas, consorcios o uniones temporales).
b)      Contar con al menos uno de los 105 códigos CIIU que se señalan en el Anexo 1 de la Convocatoria CoCrea 2024 dentro de su Registro Único Tributario (RUT).
Nota: el código CIIU deberá mantenerse durante todas las etapas del proyecto, desde la postulación hasta el cierre de ejecución del mismo.
Acreditar trayectoria mínima de un (1) año y/o presentar al menos tres (3) evidencias diferentes que demuestren la ejecución o desarrollo de programas, proyectos, actividades o eventos propios del sector de las artes, culturas y patrimonio Nota 1: el requisito establecido en el literal (c) de este apartado no aplica para las entidades públicas.
Nota 2: al menos uno de los miembros que componen el consorcio o la unión temporal deberá cumplir con lo establecido en el literal (a) de la presente sección.
Nota 3: se permiten alianzas en consorcios o uniones temporales con personas naturales o jurídicas que hagan parte de la economía popular y comunitaria del sector de las artes, culturas y patrimonio. El consorcio o la unión temporal será responsable de cumplir los requisitos establecidos en esta Convocatoria .
 
Sectores de las artes, las culturas y el patrimonio en los que se pueden presentar los proyectos
— Agencias de noticias y servicios de información
— Artes escénicas y espectáculos
— Artes plásticas y visuales
— Artesanías
— Audiovisual
— Contenido multimedia y audiovisuales interactivos
— Diseño
— Editorial
— Educación artística, cultural y creativa
— Fonográfico
— Infraestructura para las artes, las culturas, el patrimonio
— Infraestructura de los espectáculos públicos de las artes escénicas
— Patrimonio cultural material e inmaterial y museos
— Publicidad
— Turismo cultural
— Software y sistemas de información para las artes, las culturas y el patrimonio
 
Restricciones
1.      En el sector de artes escénicas y espectáculos:
-        No se podrán presentar proyectos de espectáculos públicos que involucren animales.
2.      En el sector de las artes plásticas y visuales:
-        No se podrán presentar proyectos que contemplen la adquisición de obras artísticas para galerías de arte, colecciones de uso privado y/o espacios personales.
3.      En el sector de prácticas artesanales:
-        No se podrán presentar proyectos para la dotación de maquinaria especializada, mobiliario u otros equipos para empresas manufactureras.
-        No se podrán presentar proyectos orientados a la producción industrial de manufacturas con características artesanales.
4.      En el sector de patrimonio cultural:
-        No se podrán presentar a la Convocatoria CoCrea 2024 proyectos de intervención en bienes del patrimonio cultural material de uso exclusivamente privado.
-        No se podrán incluir actividades o gastos de dotación de establecimientos de comercio como alojamientos de cualquier tipo, restaurantes, bares, centros comerciales u otros.
5.      En el sector de turismo cultural:
-        No se podrán presentar proyectos para la construcción o dotación de hoteles o alojamientos
6.      En el sector de infraestructura cultural:
-        No podrán incluirse en un mismo proyecto las actividades de diseño y obra (construcción y adecuación) de una misma infraestructura.
-        No se podrán presentar proyectos para establecimientos de comercio, tales como: restaurantes, bares, hoteles, plazas y plazoletas, centros comerciales o fondas, ni sedes de organizaciones culturales que no tengan programación permanente abierta al público y/o plazas de mercado.
7.      En el sector de Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas – CIEPA:
-        No podrán incluirse en un mismo proyecto las actividades de diseño y obra (construcción y adecuación) de una misma infraestructura.
-        No se considera infraestructura para los espectáculos públicos de las artes escénicas los cinematográficos, plazas de toros, coliseos deportivos, parques temáticos ni de atracciones mecánicas, espacios para ferias artesanales, desfiles de modas, reinados, peleas de gallos, de perros, carreras hípicas, ni desfiles en sitios públicos con el fin de exponer ideas o intereses colectivos de carácter político, económico, religioso o social.
8.      En el sector audiovisual:
-        No se podrán postular proyectos cinematográficos de producción o coproducción colombianas de largometraje 23 o cortometraje 24 que hayan sido reconocidos como proyectos nacionales por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes a través de la Dirección de Audiovisuales, Cine y Medios Interactivos para acceder al beneficio tributario del 165% en renta de que trata el artículo 16 de la Ley 814 de 2003. Esto debido a la regla de no concurrencia de beneficios tributarios.
-        No se podrán postular proyectos de obras audiovisuales no nacionales de cualquier género o formato, producidas o posproducidas en Colombia de manera total o parcial cuando sean previamente aprobadas por el Comité Promoción Fílmica Colombia, para acceder al beneficio tributario de que trata el inciso segundo del artículo 9 de la Ley 1556 de 2012, en lo relacionada a los Certificado de Inversión Audiovisual en Colombia (CINA). Esto debido a la regla de no concurrencia de beneficios tributarios.
9.      En el sector de diseño:
-        Los proyectos no podrán contemplar las fases de fabricación en serie y/o comercialización de objetos diseñados, excepto de aquellos asociados a la fabricación de instrumentos musicales.
10.  En el sector de software:
-        Los proyectos de software para publicidad y agencias de noticias pueden postular solo la etapa o fase del análisis, diseño de la estructura, contenidos y códigos.
11.  En el sector de publicidad:
-        No se podrán presentar proyectos de campañas o publicidad política.
 
Líneas estratégicas
Ø  Camino a la conmemoración del centenario de Gabriel García Márquez.
Ø  Conmemoración de los 100 años de publicación de “La vorágine”.
Ø  Fomento de las Artes, Culturas y Patrimonios.
Ø  Territorios para las Artes, Culturas y los Saberes.
Ø  Ciudadanos del río: comunidades creadoras.
 
Vigencia de los proyectos
Los proyectos avalados en esta modalidad (Proyectos sin Aportante Identificado (PAI)), tendrán veinticuatro (24) meses de vigencia para la búsqueda de aportantes y firma del Acta de Compromiso de Ejecución (ACE). Si pasado este tiempo el titular aún no firma el ACE, el aval será revocado.
 
Estructura del proyecto a presentar
·        Título del proyecto
·        Antecedentes y justificación
·        Objetivo general y objetivos específicos
·        Metas
·        Actividades
·        Beneficiarios y ocupados
·        Beneficios adicionales para los aportantes
·        Capacidad de Gestión de Recursos, Modelo de Sostenibilidad y Difusión para el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del proyecto
·        Presupuesto y cronograma del proyecto
·        Presupuesto
·        Gastos obligatorios
·        Gastos del proyecto
·        Cronograma del proyecto
·        Perfiles del equipo del proyecto

Cierre de la convocatoria: 11 de junio de 2024 5:00 p.m.

Más información